LA DIRECCIóN GENERAL DE TRáFICO EN ESPAñA NO PUBLICó UNA LISTA DE ENFERMEDADES QUE IMPIDEN CONDUCIR

En España se puede obtener y renovar el carnet de conducir en caso de haber sufrido un trasplante renal, ser diabético o celíaco, o con trastorno de ansiedad, siempre que se cumplan los requisitos médicos para conducir. A pesar de esto, publicaciones compartidas más de 7.000 veces en redes sociales desde julio de 2024 aseguran que la Dirección General de Tráfico (DGT) publicó un listado de 35 enfermedades que serán “incompatibles con la conducción” a partir de 2025. La DGT negó a AFP Factual haber difundido algún listado, y aclaró que no hubo ningún cambio reciente. 

Un mensaje que circula en X dice lo siguiente: “La DGT publica la lista de las enfermedades que dice ahora que son incompatibles con la conducción. Desde 2025 no podrás obtener ni renovar el carné de conducir, si sufres alguna de estas 35 enfermedades detalladas por la DGT”

En el listado aparecen enfermedades “digestivas” (celiaquía), “endrocrinas” (diabetes o hipotiroidismo), “respiratorias” (asma), “neurológicas” (parkinson o alzheimer), “mentales” (depresión, ansiedad o trastorno bipolar), “cardiovasculares” (arritmias o angina de pecho), y “otras enfermedades” (epilepsia, cáncer o problemas de visión). 

Publicaciones similares se han compartido en Facebook, Instagram y TikTok.

Algunos mensajes se viralizaron en septiembre de 2024, aunque en julio varios medios digitales ya publicaron titulares como “La DGT se pone dura y no renovará el carnet en 2025 a los conductores que tengan estas enfermedades”

No se publicó ningún listado

Al revisar la página web de la DGT en búsqueda del supuesto listado que habría publicado el organismo, no aparece ningún resultado relevante. 

La DGT, en respuesta a AFP Factual el 10 de septiembre de 2024, explicó que “las enfermedades o condicionantes físicos que pueden afectar a la renovación del carnet de conducir” se recogen “en el anexo IV del Reglamento de Conductores”

“Esta legislación es de 1997 y no ha habido ningún cambio legislativo reciente, ni está previsto que se modifique nada en este aspecto”, aclaró el organismo. 

El reglamento 

El listado que citan las publicaciones virales mezcla enfermedades que aparecen en el Reglamento de Conductores con otras que no se incluyen en el mismo. 

Por ejemplo, la enfermedad celíaca no aparece en el texto normativo, comprobó AFP Factual con una búsqueda de palabras clave. De hecho, la Asociación de Celíacos y Sensibles al Gluten de la Comunidad de Madrid publicó un mensaje en X tras contactar con la DGT, en el que desmintió que la celiaquía aparezca en el listado.

En cualquier caso, los ciudadanos que padezcan alguna de las enfermedades que sí que se incluyen en el reglamento podrán seguir obteniendo y renovando el carnet de conducir siempre que se cumplan los requisitos médicos, puntualizó la DGT a AFP Factual.

Por ejemplo, la ansiedad o la depresión no aparecen de forma literal, aunque sí que hay un apartado de los “trastornos del estado de ánimo”, en el que se detalla que se refieren a “trastornos graves del estado de ánimo que conlleven alta probabilidad de conductas de riesgo para la propia vida o la de los demás”. En estos casos graves, un psiquiatra o psicólogo puede elaborar un dictamen favorable a obtener o renovar el carnet.

En el caso del trasplante renal, después de seis meses sin problemas de salud derivados del mismo y con un informe de un nefrólogo es posible obtener o prorrogar cualquier tipo de permiso de conducir. Para vehículos del grupo uno (motos y ciclomotores, coches y vehículos ligeros), el informe tendrá la vigencia que establezca el facultativo, mientras que para el grupo dos (camiones o autobuses), el periodo de vigencia será de un año.

Con respecto a la diabetes, la normativa detalla que no debe existir una “inestabilidad metabólica severa que requiera asistencia hospitalaria”, “tratamiento con insulina” o “fármacos hipoglucemiantes”. Si existe tratamiento, se requiere aportar un informe médico que acredite el control de la enfermedad. La vigencia del permiso será de cinco años para vehículos del primer grupo, y de uno o tres años para el segundo grupo (según el tipo de diabetes).

Limitaciones de circulación en Madrid

El falso listado de enfermedades de la DGT se ha relacionado, en mensajes virales, con una medida implantada en la ciudad de Madrid por el alcalde José Luis Martínez Almeida. “Almeida prohíbe la circulación en Madrid de 1 millón de vehículos perfectamente funcionales con su ITV pasada, y la DGT ahora dice que no se puede conducir si eres celíaco o si tienes diabetes. #Agenda 2030”, asegura una publicación.

Se trata del plan “Madrid Zona de Bajas Emisiones”, una medida que busca mejorar los índices de calidad del aire en la capital española, mediante distintas restricciones de circulación de vehículos. La asociación Automovilistas Europeos Asociados solicitó en una nota de prensa una moratoria de las próximas prohibiciones de circulación que entrarán en vigor en enero de 2025 y que afectan, según sus cálculos, a un millón de vehículos turismo con etiqueta ambiental A.

Sin embargo, el gabinete de comunicación del área de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid respondió a AFP Factual el 12 de septiembre de 2024 que la cifra de la asociación es “incorrecta”, aunque por el momento no disponen de datos de vehículos que se verán afectados.

Referencias: 

2024-09-12T15:19:13Z dg43tfdfdgfd